Convenio Perote CAEV para distribuir agua potable
Xalapa: / Bitácora del Golfo / Redacción
Rubén Morales Aburto
Xalapa / 2020-08-17
Xalapa EnrÃquez, Ver., agosto 17 del 2020.- En la pasada sesión del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), se votó por mayorÃa de los magistrados la revocación de un acuerdo emitido por el Organismo Público Local Electoral (OPLE), al impone una multa de poco más de los 500 mil pesos al nuevo partido polÃtico veracruzano Unidad Ciudadana, debido que lo vieron como una sanción en desproporción.
El OPLE generó dicha multa, al aplicarle al nuevo partido un proceso de fiscalización dentro del proceso de constitución como partido polÃtico estatal, una vez analizada señalaron que se realizó una valoración de las pruebas aportadas por la agrupación ciudadana respecto al origen, monto y aplicación de los recursos del periodo para la obtención de registro como partido polÃtico local.
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De hecho ya quedó revocada la resolución OPLEV/CG039/2020, emitida por OPLEV y se ordena al Consejo, emitir una nueva en los términos establecidos en la presente sentencia.
El tribunal consideró el tema como falta de congruencia al momento de valorar la documentación aportada y sobre todo, que la sanción impuesta se aparta de la legalidad, básicamente al desatender el principio de proporcionalidad en la aplicación de las sanciones.
Es decir, al determinar la sanción pecuniaria dejó de realizar el razonamiento necesario que le permitiera concluir que la falta era grave especial, asà bien, debió razonar de manera fundada y motivada la cantidad impuesta para la individualización de la sanción tomando en consideración un mÃnimo y un máximo.
De hecho los agravios expuestos están fundados, toda vez que vez que la resolución aprobada por los consejeros carece de la debida fundamentación, ya que del análisis del acto impugnado no se advierte que su decisión se encuentre legalmente sustentada conforme a los preceptos legales aplicables al caso concreto, especÃficamente respecto a la individualización de la sanción.