Propone Diputada reforzar legislación sobre plásticos de un solo uso
Xalapa : La diputada Margarita Corro Mendoza propuso, mediante una iniciativa de reforma a la Ley Estatal de Protección Ambiental del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, /
: la formulación y ejecución de acciones relativas a la venta y el uso de productos sólidos urbanos plásticos de un solo uso. /
La diputada Margarita Corro Mendoza propuso, mediante una iniciativa de reforma a la Ley Estatal de Protección Ambiental del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la formulación y ejecución de acciones relativas a la venta y el uso de productos sólidos urbanos plásticos de un solo uso.
Durante la octava sesión ordinaria, del segundo receso, del primer año de ejercicio constitucional, la presidenta de la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático presentó dicha Iniciativa con Proyecto de Decreto por la que se reforman los artículos 1, 3, 6, 7, 173, 174, 175, 176, 177 y 178 de la referida ley.
Bajo el concepto de productos plásticos de un solo uso, la propuesta enumera: bolsas, vasos, popotes, recipientes de comida, cubiertos, aplicadores de todo tipo, globos, embalajes y todo objeto cuyo uso es momentáneo y que tarda cientos o miles de años en degradarse contaminando al planeta.
Define también los plásticos de un solo uso como los objetos fabricados de diferentes polímeros, artefactos o utensilios cuyo uso es temporalmente muy corto y cuya degradación en el medio ambiente es muy larga (de décadas a cientos de años) y contaminante.
Precisa, además, que los residuos sólidos urbanos son los generados en las casas habitación, que resultan de la eliminación de los materiales que se utilizan en las actividades domésticas, de los productos que se consumen y de sus envases, embalajes o empaques, así como los residuos que provienen de cualquier otra actividad dentro de establecimientos o en la vía pública con características domiciliarias y los resultantes de la limpieza de las vías y lugares públicos, siempre que no sean considerados por la referida ley como residuos de otra índole.
La adición al Capítulo V, titulado Manejo y Disposición de Residuos Sólidos No Peligrosos y Plásticos de Un Solo Uso, indica en el artículo 174 que “para el manejo y disposición final de residuos sólidos no peligrosos y de plásticos de un solo uso, los municipios podrán coordinarse o asociarse en la creación de un organismo operador, sentando ellos mismos los lineamientos para su funcionamiento y administración que conlleven a la mejor prestación de sus servicios públicos, bajo la figura jurídica que estimen pertinente”.
El artículo 178 permitirá al Gobierno del Estado y a los ayuntamientos celebrar acuerdos de coordinación y asesoría con las instituciones correspondientes para: la implantación y mejoramiento de sistemas de recolección, tratamiento y disposición final de residuos sólidos municipales y de plásticos de un solo uso.
Así como la identificación de alternativas de minimización, reutilización, reciclaje y disposición final de residuos sólidos municipales y de plásticos de un solo uso, incluyendo la elaboración de inventarios de los mismos y sus fuentes generadoras. Además la instalación y operación de centros de acopio de residuos sólidos municipales y de plásticos de un solo uso domésticos orgánicos o inorgánicos, para su clasificación, reúso, tratamiento y reciclaje.
La integrante del Grupo Legislativo de Morena añadió que, de acuerdo con el segundo transitorio, los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán adecuar sus reglamentos en un plazo no mayor a 360 días siguientes al día de su publicación en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para dar cumplimiento al Decreto.
Y el tercero transitorio dispone que este Congreso, en coordinación con el Poder Ejecutivo y la Federación, considere un plazo perentorio para que en 2021 esté prohibida la comercialización y el uso de residuos sólidos plásticos de un solo uso.
Finalmente, precisó que esta ley tiene por objeto la conservación, la preservación y la restauración del equilibrio ecológico, la protección al ambiente, así como la prevención, la reducción en la generación, comercialización y uso de residuos sólidos plásticos de un solo uso y la procuración del desarrollo sustentable.
Esta iniciativa fue turnada para su estudio y dictamen a la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático.