Primordial capacitación de actuarios para que impartición de justicia sea pronta y expedita: Magistrada Yolanda Cecilia Castañeda Palmeros
• Imparte curso sobre comunicaciones procesales en la sede central del Poder Judicial del Estado
Xalapa : La Magistrada Yolanda Cecilia Castañeda Palmeros durante su participación en el curso para actuarios y personal del Poder Judicial del Estado denominado /
Xalapa : "Las comunicaciones procesales". Le acompaña el Magistrado Marco Antonio Lezama Moo, Director del Instituto de Capacitación. /
Luego de señalar que es fundamental la capacitación de actuarios y personal judicial para que las actuaciones se lleven a cabo conforme a derecho y la impartición de justicia cumpla con las particularidades del artículo 17 constitucional para que ésta sea pronta, expedita y gratuita, la Magistrada Yolanda Cecilia Castañeda Palmeros, sostuvo:
“El emplazamiento es una diligencia que está llena de formalidades porque en términos de los artículos 14 y 16 de la Constitución General de la República, el demandado debe ser notificado de la existencia de la demanda; y además necesita que se le corra traslado con la demanda a efecto de que pueda defenderse en su oportunidad; por eso en este curso vamos a llevar a cabo tanto el aspecto teórico como una de las técnicas de enseñanzas del derecho que es el simulacro”.
Al impartir el curso de actualización para actuarios denominado “Las comunicaciones procesales”, en la sede central del Poder Judicial del Estado, aseguró que “hay ocasiones que se llega a la sentencia y nos damos cuenta que el emplazamiento no fue correctamente realizado; en ese caso como se trata de un presupuesto procesal que debe estudiarse de oficio, no se puede entrar al fondo del asunto; existen presupuestos procesales como son la competencia, la personalidad, el emplazamiento, la legitimación activa y pasiva, y si no se acredita uno de los presupuestos no se puede resolver el fondo del asunto”.
Señaló que el actuario “tiene funciones respecto de la ejecución de las sentencias, sobre todo cuando hay que entregar muebles o inmuebles; en estos casos, se requiere el auxilio de la fuerza pública; entonces el juez tiene que ordenar y el actuario cumplir, porque es autoridad ejecutora no ordenadora; y debe cumplir con la forma en que se lleva a cabo ese tipo de diligencias”.
En este sentido, dijo que durante el curso “vamos a llevar a cabo simulacros en diversas hipótesis: cuando se encuentre el demandado en la casa, cuando ya la casa está cerrada, cuando simplemente no quiere recibir al actuario; cuando se entiende la diligencia con el vecino; cuando se desconoce el domicilio del demandado; todos esos supuestos hay que contemplarlos, porque en la impartición de justicia en el momento de estar en los juzgados, pues son cuestiones que uno tiene que resolver como juez”.
Sostuvo que, de lo contrario, “nos vemos en la circunstancia de que nos pueden impugnar mediante una nulidad, en términos de los artículos 55 y 90 del Código de Procedimientos Civiles, o bien, si no se dan cuenta que el emplazamiento estuvo mal realizado, seguir todo un juicio, y como comenté, en el momento de dictar sentencia decir que no se acreditó el presupuesto procesal y por lo tanto, no se dicta sentencia de fondo”.
Reiteró que “lo que hace falta es enseñarles a los actuarios cómo deben de practicar el emplazamiento de una manera correcta; de allí la finalidad del Instituto de Capacitación del Poder Judicial es que el personal judicial esté capacitado para que la impartición de justicia cumpla con las particularidades del artículo 17 constitucional; esto es, que sea pronta, expedita, desde luego gratuita; y que las actuaciones se lleven a cabo conforme a derecho.
Finalmente, el Magistrado Marco Antonio Lezama Moo, Director del Instituto de Capacitación, destacó la amplia trayectoria de la Doctora Castañeda Palmeros, y reiteró que ha sido una prioridad para el Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia, Edel Humberto Álvarez Peña, impulsar la capacitación permanente del personal de los órganos jurisdiccionales.