? Se adoptan medidas extraordinarias para dotar de certeza en las elecciones de Gubernatura y diputaciones locales en los distritos de 30 Coatzacoalcos II y 04 de Álamo
Xalapa, Veracruz, 01 de junio de 2024. El Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz (OPLE Veracruz) sesionó de forma urgente para aprobar la designación de diversos integrantes de los consejos distritales 05 Poza Rica y 06 Papantla, producto de las vacantes generadas, para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.
En otro punto del orden del día, las consejeras y los consejeros electorales aprobaron la adopción de medidas extraordinarias para dotar de certeza en las elecciones de Gubernatura y Diputaciones Locales en el Distrito 30 Coatzacoalcos II y 04 de Álamo.
Por lo que hace al Consejo Distrital 30 de Coatzacoalcos II:
Se determinó como medida de seguridad adicional, solicitar a las representaciones de los Partidos Políticos ante este Consejo General, recomendar a las representaciones de los Partidos Políticos ante las Mesas Directivas de Casillas, del Distrito Local 30 Coatzacoalcos II, implementar el procedimiento establecido en el artículo 183, fracción III del Código Electoral a efecto de proceder a firmar las boletas electorales en las Mesas Directivas de Casilla, del Distrito en cita.
Asimismo, que, por conducto de la Presidenta del Consejo General, se solicite al Vocal Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE) su apoyo para que los capacitadores asistentes electorales federales del Distrito Local 30 Coatzacoalcos II comuniquen a la presidencia de cada Mesa Directiva de Casilla el presente acuerdo, a fin de que sea tomado en cuenta durante el escrutinio y cómputo.
Al respecto, se deberá notificar de manera electrónica, el presente Acuerdo al Consejo Distrital 30 con sede en Coatzacoalcos, Veracruz para los efectos referidos en el presente Acuerdo y para que notifique el contenido del mismo al Presidente de la casilla 1451 extraordinaria 1.
Por lo que hace al Consejo Distrital 04 de Álamo:
Se determinó que, por conducto de la Presidenta del Consejo General, se solicite al Vocal Ejecutivo del INE que los Capacitadores Asistentes Electorales federales comuniquen a la presidencia de la Mesa Directiva de Casilla el presente acuerdo, a fin de que sea tomado en cuenta el doble sellado de las boletas electorales de las elecciones de la Gubernatura y Diputaciones locales de la casilla 1624 especial 01.
Se instruyó al Consejo Distrital 04 con sede en Álamo, Veracruz, a fin de que, si durante el cómputo distrital de las elecciones de Gubernatura y Diputaciones locales de la casilla 1624 Especial 1, se encuentran boletas sin el distintivo del doble sello realizado por el propio Consejo, y, en su caso, el de la rúbrica distintiva que se haya generado en la casilla durante la jornada electoral, no serán tomadas como válidas y se procederá a su separación y a que sean inutilizadas.